Entender DAC8
Obligaciones de comunicación de DAC8
Quién debe informar en virtud de DAC8, qué información se recoge y cómo funciona la diligencia debida.
Actualizado el
Respuesta breve
DAC8 exige a los proveedores de servicios de criptoactivos obligados a informar que identifiquen a los usuarios comunicables, determinen su residencia fiscal, recojan información fiscal e informen anualmente sobre las transacciones de criptoactivos ante una autoridad fiscal competente de la UE. Esa información puede intercambiarse después automáticamente entre los Estados miembros de la UE.
DAC8 es la vía de comunicación de la Unión Europea. CARF es el modelo mundial de la OCDE que respalda una comunicación fiscal automática de criptoactivos similar fuera de la UE.
Datos clave
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| ¿Quién informa? | Los proveedores de servicios de criptoactivos obligados a informar y los operadores comprendidos en su ámbito |
| ¿Quién es comunicable? | Los usuarios, y en algunos casos las personas que ejercen el control, cuya residencia fiscal los hace comunicables en virtud de DAC8 |
| ¿Qué se comunica? | Identidad (nombre, domicilio, fecha de nacimiento), residencia fiscal, NIF, tipos de criptoactivos, valores, categorías de transacciones y transferencias |
| ¿Adónde van los datos? | Del proveedor a una autoridad fiscal competente de la UE, y luego, mediante intercambio automático, a los Estados miembros pertinentes |
| ¿Cuándo se aplica? | Las normas centrales de comunicación cripto de DAC8 se aplican desde el 1 de enero de 2026, con los primeros intercambios en 2027 |
| ¿Por qué importa? | DAC8 convierte los servicios cripto regulados en puntos de recogida automática de información fiscal |
Proveedores
La obligación puede aplicarse a exchanges, brókeres, custodios, servicios de pago y otros proveedores que efectúen o faciliten transacciones comunicables de criptoactivos.
Esto es más amplio que una norma limitada a “solo exchanges”. La pregunta práctica es si un proveedor u operador entra en el ámbito de aplicación porque realiza o facilita servicios cripto comunicables para usuarios comunicables.
Usuarios
Los usuarios comunicables son aquellos cuya actividad entra en el ámbito de comunicación de DAC8, incluidos los usuarios residentes fiscales en un Estado miembro de la UE.
Las estructuras societarias también pueden ser relevantes. En algunos casos, la comunicación puede afectar a las personas que ejercen el control de una entidad, y no solo al usuario directo de la cuenta o del servicio.
Transacciones
DAC8 puede cubrir adquisiciones y transmisiones de criptoactivos comunicables, intercambios cripto-fiat, intercambios cripto-cripto, transferencias y otras categorías de transacciones comunicables realizadas a través de proveedores incluidos.
La autocustodia no es lo mismo que la comunicación por parte de un proveedor. Un monedero privado no se convierte por sí mismo en un proveedor de servicios obligado a informar por el mero hecho de existir. Pero las transacciones que involucran a un servicio comunicable pueden generar datos comunicables que conecten a una persona, su residencia fiscal y su actividad cripto.
Datos comunicados
La información comunicada puede incluir la identidad del cliente (nombre, domicilio, fecha de nacimiento), la residencia fiscal, los números de identificación fiscal, las categorías de transacción, los valores, las fechas, las unidades, los recuentos y las transferencias.
El aspecto más sensible es la combinación de identidad y actividad cripto. Cuando se vinculan la identidad civil, la residencia fiscal, los valores de las transacciones y, potencialmente, información de un registro distribuido, el conjunto de datos resultante queda más expuesto que una comunicación bancaria ordinaria.
Diligencia debida
Los proveedores obligados a informar deben recoger y verificar la información necesaria para determinar si un usuario es comunicable. Esto puede incluir autocertificaciones de residencia fiscal, comprobaciones de coherencia con la información que ya obra en poder del proveedor y procedimientos para actualizar los registros de los usuarios.
El proceso operativo del proveedor
DAC8 impone una cadena operativa completa: identificar al usuario, determinar su residencia fiscal, recoger la información pertinente (incluidas las autocertificaciones), comprobar su coherencia y razonabilidad, clasificar y agregar las transacciones, y finalmente comunicar los datos anualmente a la autoridad competente en un formato estructurado. Esta comunicación anual convierte los datos comerciales y operativos en datos fiscales transmisibles, con el fin de permitir el intercambio automático entre administraciones fiscales.
Los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) se convierten así en infraestructura internacional de cumplimiento fiscal. El proveedor deja de ser únicamente un servicio de negociación o custodia: se convierte en un nodo de recogida y comunicación de datos conectado a las administraciones fiscales nacionales. Debe integrar en sus sistemas los flujos de recogida, verificación, clasificación y comunicación. Para las empresas, esto implica nuevos sistemas, flujos de trabajo con clientes, controles y formatos de comunicación.
Este coste no es solo técnico. Cambia la relación entre el usuario y el proveedor: usar un servicio regulado se convierte en sinónimo de exposición automática. Para los usuarios, la actividad cripto realizada a través de proveedores obligados a informar pasa a ser visible por defecto.
Intercambio entre autoridades
DAC8 no es solo una norma de comunicación interna. Un proveedor informa a una autoridad fiscal competente, y esa autoridad puede intercambiar la información pertinente con otros Estados miembros de la UE a través del marco de cooperación administrativa.
Por eso conviene entender DAC8 junto con CARF y la lista de países CARF: el sistema de la UE forma parte de un movimiento más amplio hacia la comunicación fiscal internacional automática de criptoactivos.
Riesgo
El problema no es la existencia de la comunicación fiscal. El problema es la creación de un conjunto amplio de datos que puede exponer a los titulares de criptoactivos más allá de la administración fiscal.
Para Bull Bitcoin, DAC8 es desproporcionado porque normaliza la recogida masiva antes de que exista sospecha, investigación o justificación individualizada. Una solicitud de información específica puede estar justificada en una investigación fiscal concreta. La comunicación automática por defecto de usuarios corrientes es un modelo distinto.
El problema de la proporcionalidad
Una solicitud específica puede ser proporcionada cuando se refiere a un contribuyente identificado. La recogida masiva automática invierte esa lógica: primero se recoge a todo el mundo y después, en su caso, se utilizan los datos.
Es esa inversión la que Bull Bitcoin cuestiona.